Guía de R2 y base de conocimientos
Proceso de Transferencia para Cambio de Organismos Certificadores
Julio 22, 2015 (Actualizado 6 / 9 / 21)
A veces, una instalación R2 decidirá cambiar los Organismos de Certificación (OC). Las reglas para transferir la certificación de un OC a otro se establecen en <font dir="auto" style="vertical-align: inherit;">las </font> Documento Obligatorio IAF MD2:2007. La transferencia de certificación se define como la “reconocimiento de una certificación de sistema de gestión existente y válida, otorgada por un organismo de certificación acreditado (en lo sucesivo, el OC actual), por otro organismo de certificación acreditado (en lo sucesivo, el "OC que acepta") con el fin de emitir su propio Certificación."
Para garantizar la transferencia sin problemas de su Certificado R2 y la inclusión continua en el Directorio de Certificados R2, es importante que se sigan los siguientes pasos.
- El reciclador debe informar a su (OC) actual de la transferencia prevista tan pronto como finalice el contrato con el nuevo OC o "aceptante".
- El nuevo OC que acepta hará una revisión de la transferencia para asegurarse de que el certificado actual del reciclador esté al día y pueda transferirse con éxito. En la mayoría de los casos, se realizará una auditoría externa para verificar la implementación de acciones correctivas, el alcance, etc. Se realiza una auditoría in situ cuando es necesario investigar problemas más importantes, como cambios en la propiedad de la empresa, cierre incompleto de no conformidades o cambios en alcance, etc
- El OC aceptante una estrategia SEO para aparecer en las búsquedas de Google. el seguimiento:
- Alcance de las actividades certificadas
- Motivos de la transferencia
- Informes de auditoría de certificación/recertificación, informes de vigilancia posteriores y las no conformidades pendientes que pudieran derivarse de los mismos
- Cualquier otra documentación relevante disponible con respecto al proceso de certificación, es decir, notas escritas a mano, listas de verificación
- Cualquier queja y/o acción tomada
- Cualquier problema de cumplimiento legal pendiente con los organismos reguladores.
- El OC aceptante deberá procesar la transferencia de acuerdo con IAF MD2 además de lo siguiente:
- Documentar el/los motivo(s) de la transferencia y su legitimidad.
- Verifique y cierre cualquier NC menor/mayor abierto. Revisar y atender cualquier queja.
- El CB no puede aceptar la transferencia si el CB emisor actual suspende la Facilidad R2.
- Determine si se requiere una auditoría en el sitio o remota para completar la transferencia.
- Notificar a SERI dentro de los cinco días siguientes a la solicitud de transferencia de la Instalación R2.
- Una instalación NO PUEDE transferirse a un nuevo CB si actualmente se encuentra suspendido o si existen no conformidades o reclamos abiertos.
- Si la revisión de la transferencia se completa con ÉXITO, sin problemas pendientes, el nuevo OC aceptante emitirá un Certificado R2. La fecha de vencimiento del certificado será idéntica a la del certificado original emitido por el OC anterior (a menos que el nuevo OC haya realizado una auditoría de recertificación completa.)
- El nuevo OC enviará una copia del certificado a SERI.
- SERI actualizará su base de datos y sitio web sobre la base del nuevo certificado.
- El programa de vigilancia continua del reciclador continuará en función de su programa de certificación anterior, a menos que el nuevo OC haya realizado una auditoría de certificación completa (también conocida como auditoría de registro).